No se puede, porque no quieren

Lo dice Cilia Flores, presidenta de la Asamblea Nacional: "La reforma se votará en bloque". Lo reafirma Carlos Escarrá, más en su carácter de profesor de Derecho Constitucional que de diputado: "La reforma no puede someterse a votación artículo por artículo". Y este mismo estribillo se seguirá escuchando hasta cuando se apruebe en segunda discusión "sin discusión", tal como fue aprobada ya en primera discusión "sin discusión", el proyecto de reforma constitucional presentado por el soberano presidente de la República, el indiscutible Hugo Chávez.

Ciertamente, ni la Asamblea Nacional ni el presidente de la República propondrán que la reforma se someta a referendo de otra manera que no sea en bloque, porque si se permitiese votar por separado al menos 11 de sus 33 artículos, muy probablemente la onceava elegida comprendería las modificaciones que se pretenden hacer a los artículos 70, 112, 115, 136, 184, 230, 236, 307, 318, 321 y 328.

Pero, ¿se puede o no se puede votar artículo por artículo? No se puede, pero sí se puede. ¿Por qué no? Porque el artículo 344 de la Constitución establece, en principio, que el referendo se pronunciará "en conjunto" sobre la reforma. Pero, aparece un "pero" (conjunción adversativa que indica alternatividad de opciones) que admite excepciones a la regla, es decir, permite que se vote "separadamente" hasta una tercera parte del contenido de la reforma, siempre y cuando se den los siguientes supuestos: a) si así lo aprobara al menos la tercera parte de los diputados de la Asamblea Nacional -quienes ya dijeron que no, porque su "jefe" no quiere-; b) si en la iniciativa de proponer la reforma así lo hubiese solicitado el Presidente -que fue quien la propuso y, por supuesto, ni de broma contempló la posibilidad de votarla artículo por artículo-, "o" (conjunción disyuntiva) si en la iniciativa de reformar la Constitución así lo solicitase al menos el cinco por ciento de los electores inscritos en los registros civil y electoral -que no es el caso, porque no fuimos los ciudadanos los proponentes de esta reforma.

Entonces, ¿por qué sí? Porque siendo potestativo de la Asamblea Nacional y del Presidente, en tanto que proponente de la reforma, decidir que ésta sea sometida a referendo artículo por artículo, al menos en una tercera parte de su contenido, no quisieron. ¿Por qué no? Porque votar la reforma por separado no les conviene. ¿Por qué no? Porque si se votara artículo por artículo, ellos no obtendrían el resultado deseado. ¿Por qué no? Porque la mayoría de los electores no aprobaría la mayoría de las modificaciones, principalmente la del artículo 230. ¿Por qué no? Porque el pueblo venezolano no quiere un mismo gobernante para toda la vida. ¿Por qué no? Porque hay que ser un imbécil para elegir una dictadura disfrazada de constitucionalidad.
¡Umm! ¡Aaaah! ¡Eeeeh! Bueeeno…

28 de agosto de 2007

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